El 21 de septiembre se conmemora el Día Mundial del Alzheimer, fecha elegida por la Organización Mundial de la Salud y la Federación Mundial del Alzheimer, El propósito de esta conmemoración, es dar a conocer la enfermedad y difundir la información al respecto, solicitando el apoyo y la solidaridad de la población en general, de instituciones y de organizaciones oficiales.
Cada día se diagnostican miles de casos en el mundo; estamos ante una enfermedad de efectos devastadores y que actualmente no tiene cura, la ausencia de tratamientos farmacológicos efectivos y el aumento de la esperanza de vida, convertirán el Alzheimer, en una de las epidemias del siglo XXI.
El principal factor de riesgo para padecer Alzheimer, es la edad, ya que incrementa su probabilidad de aparición, a medida que la persona envejece. Conforme ha ido aumentando la esperanza de vida en todo el mundo, también lo ha ido haciendo el número de enfermos de Alzheimer.
Existe mucha desinformación sobre el Cuidado diario, de la persona mayor con Enfermedad de Alzheimer, pero sobre todo, crean situaciones de conflictos familiares y sociales, maltratando en el peor de los casos a quienes sufren esta enfermedad, sin tener en cuenta, que ellos no pueden recordar.
En el Perú, el 10% de la población adulta mayor, tiene enfermedad de Alzheimer, lo que representa, aproximadamente 400,000 personas; y aunque en los últimos años la Dirección de Salud Mental del MINSA, ha avanzado mucho en el tema de salud mental comunitaria, que es digno de resaltar, aún falta sensibilizar a gran parte de la población, por un tema de educación y cultura socio sanitaria, sobre esta enfermedad, que hoy, no tiene distingo de clases sociales.
El marco normativo de políticas públicas en nuestro país, es la Ley 30795 Ley para la Prevención y Tratamiento de la Enfermedad del Alzheimer y otras Demencias, de fecha 28 de mayo del 2018, es importante señalar el Art. 1. Sobre el objeto de la Ley, el art. 7. Sobre los derechos de los pacientes, el art. 8, sobre los derechos de los Familiares y de los Cuidadores y el art. 13. Sobre un Registro Nacional de pacientes con enfermedad de Alzheimer. También es importante señalar el Reglamento de la Ley 30795, aprobado por DS No 030-.2018-SA de fecha 27 de diciembre del 2018.
El Grupo Vigencia, en el marco de la Ley 30490 Ley de la persona adulta mayor, viene formando Cuidadores mediante un Sillabus validado por el IMSERSO de España, de esta manera estamos ejecutando el Curso “Salud Mental y Cuidados de Personas Mayores con Alzheimer” y en octubre iniciamos el Curso “Cuidadores Familiares de Personas Mayores con Alzheimer y otras Demencias”, contribuyendo de esta manera proteger los derechos, de aquellas personas, que no pueden recordar.
Lima, 21 de septiembre del 2021
José Villalobos de la Puente.
Director Ejecutivo Grupo Vigencia
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